⚖️ Escándalo Judicial en Cordillera: Revocan Libertad y Acusan “Prisión por Encargo”

CORDILLERA. – Una polémica resolución de la Cámara de Apelaciones de Cordillera ha desatado un verdadero terremoto judicial en la región. El Tribunal, integrado por los camaristas Carlos Cabriza, Segundo Ibarra y Susana Granado, resolvió revocar el Auto Interlocutorio N° 949 y decretar la prisión preventiva del imputado Marco Emmanuel González López, en una decisión calificada como una “aberración jurídica” y un caso de “coacción institucionalizada”.

📘 Acusan a los camaristas de ignorar el Código Procesal Penal

Juristas y observadores del fuero penal apuntan que la resolución incurre en graves omisiones del Código Procesal Penal (CPP), especialmente de los artículos 252 y 245, que establecen los criterios para la revisión y aplicación de medidas cautelares.

  • Violación del Art. 252 CPP: El Tribunal habría omitido un reexamen riguroso de los fundamentos que justificaron la libertad del imputado, ordenando la prisión sin un análisis detallado de las circunstancias.
  • Desconocimiento del Art. 245: Según la denuncia, la Cámara no demostró la existencia de un peligro procesal real (fuga u obstrucción) que justificara el cambio de medida. En consecuencia, la resolución estaría basada en criterios subjetivos y no en derecho.

⚠️ Grave error conceptual: prisión basada en una etiqueta legal

El fallo de la Cámara, sostienen los denunciantes, incurre en un error conceptual gravísimo al utilizar la gravedad de la calificación provisional del hecho como único argumento para justificar la prisión preventiva.
Esto contradice principios elementales del derecho penal, ya que los imputados deben defenderse de los hechos, no de las calificaciones provisorias que, por su naturaleza, son cambiantes a lo largo del proceso.

Utilizar una etiqueta jurídica provisional como excusa para encarcelar a una persona es pervertir el sentido de la justicia”, reza el documento que acompaña la denuncia.

🧾 Ministerio Público desautorizado: omisión de la postura fiscal

Uno de los puntos más cuestionados es la flagrante omisión factual en la que habría incurrido la Cámara.
De acuerdo con los antecedentes, la Fiscalía se adhirió a la liberación inicial y, al responder la apelación presentada por la Querella, solicitó expresamente el rechazo del recurso y la confirmación de las medidas sustitutivas.

Esa postura se basó en el avance de la investigación, que habría modificado sustancialmente la hipótesis inicial de la imputación. Sin embargo, el Tribunal ignoró la posición del Ministerio Público, arrogándose el papel de un “tercer acusador”, figura inexistente en el proceso penal paraguayo.

🕳️ El poder de las cofradías y el silencio de la Corte

En el ámbito judicial de Cordillera, distintas fuentes mencionan la existencia de cofradías y clanes que operarían como redes de poder informal dentro del sistema judicial.
La resolución de la Cámara, según los denunciantes, es un reflejo de esa estructura: “la justicia se vende, no se imparte, y la cárcel se usa como mecanismo de presión y recaudación”.

🚨 Llamado de urgencia a la Corte Suprema de Justicia

Ante lo ocurrido, se presentó un llamado urgente a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), instándola a intervenir para restaurar el orden procesal y la credibilidad del sistema judicial.
La denuncia advierte que, de persistir el silencio institucional, la Corte estaría “avalando públicamente” el uso de la prisión preventiva como instrumento de coacción y cobro.

El silencio de la Corte será interpretado como complicidad con esta aberración jurídica y moral”, concluye el documento.

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